Comienza la campaña de la renta 2020-2021

 

Ahora que comienza la campaña de la renta 2020-20221 es importante estar informados y tener en cuenta las fechas y herramientas disponibles para realizar este trámite con la Agencia Tributaria.

El pasado 7 de abril comenzó el plazo para iniciar la presentación por internet de las declaraciones de renta y patrimonio 2020. Para los que no estén familiarizados, desde la Renta WEB o desde la App, ya se puede empezar a hacer el borrador y modificarlo cuantas veces sea necesario.

Más tarde, a partir del 6 de mayo, la declaración del IRPF se podrá hacer por teléfono; mientras que para ir a la oficina de manera presencial, si se prefiere esta opción, habrá que esperar hasta el 2 de junio. 

 

Tabla de elaboración propia

Este calendario de fechas, también se puede tener a mano si se dispone de una cuenta de correo electrónico de Google para sincronizarlo con Google Calendar. La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes la ruta url para integrar en la cuenta de gmail el calendario con las fechas de la campaña. La ventaja de utilizar Google Calendar es que te puede avisar sobre los plazos de vencimiento. Las instrucciones de cómo seguir este proceso de aviso se encuentran en la página web de la Agencia Tributaria.

Cómo calcular el resultado de la declaración de la renta 2020-2021 con el simulador Renta Web (OPEN) 

Es importante recordar que no todos los contribuyentes están sujetos a presentar este trámite: el mínimo obligatorio para presentar la declaración baja a los 22.000 euros si se tiene un único pagador y a los 14.000 euros si la cantidad cobrada por el segundo y restantes supera los 1.500 euros.

Para poder tramitar el borrador, los contribuyentes que estén ogligados a presentarla pueden simular la declaración de renta y patrimonio a través de la herramienta Renta Web (Open). Esta opción es bastante útil para verificar los rendimientos de trabajo o de cualquier otro tipo del ejercicio anterior, así como los posibles gastos deducibles para la posterior desgravación. 

El modelo, además de ser orientativo e intuitivo, permite recuperar la información en el caso de que se haga más de una simulación. Para ello se ha de seguir todos los pasos requeridos: dar los datos del número de identificación (NIF), seguido de los datos personales, y especificar si se realiza una declaración individual o conjunta con el cónyuge, hijos a cargo (menores de 25 años o dependientes) o personas mayores de 65 años, etc.

Como novedad, en este año tendremos los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) realizados a consecuencia de la pandemia del coronavirus. Estos tributarán como rendimiento de trabajo, al igual que los autónomos que hayan recibido prestaciones por cese de actividad.

Respecto a las personas que hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital, también tendrán que realizar la declaración del IRPF que se les sumará a los ingresos de trabajo.

 

Consejos para hacer la declaración de la Renta

Las prestaciones por los ERTES, el cese de actividad de los autónomos, el cobro del ingreso mínimo vital, las subvenciones recibidas, la diferente carga fiscal según la comunidad de residencia, los cambios de domicilio o la situación personal o familiar pueden complicar bastante este proceso para hacer el trámite de la renta. Por ello, para la declaración de 2020, habrá que prestar atención a estos aspectos que pueden influir en el resultado del impuesto. Uno de los consejos es no esperar hasta el último momento para buscar y aportar toda la documentación requerida.

Dadas las dificultades de este año, hacerlo de manera presencial en algunas de las oficinas de la Agencia Tributaria, podría ayudarnos a acortar este trámite, aunque debido al volúmen de trabajo, solicitar asesoría fiscal con algún asesor de confianza es una de las opciones más recomendadas.

Los trabajadores que han estado en situación de ERTE han tenido más de un pagador: la empresa para la que trabaja y el SEPE; también puede darse el caso de que sea el Instituto Nacional de la Seguridad Social el pagador, a través de la mutua, si ha habido baja por coronavirus. Además, la declaración se nos puede complicar si el SEPE ha cometido errores al abonar la prestación.  Si resulta complicado obtener una cita previa en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria, al presentar la declaración con los actuales cambios descritos, un asesor fiscal podrá estudiar la situación global de la persona de una forma más pormenorizada para buscar el mayor beneficio para el declarante. Una opción que desde aquí recomendamos, máxime dada la situación generada a raíz del estado de alarma.

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