Cómo afectará la Ley de Cambio Climático y Transición Energética

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética es ya una realidad consolidada para su aplicación desde el pasado 22 de mayo. ¿Pero cómo nos va a afectar?

Tras su aprobación y publicación en el BOE (núm.121, de 21/05/2021), se dispusieron algunos cambios impulsados en el Acuerdo de París (2020) por el que los países concretaron los nuevos compromisos para la reducción de emisiones. En este contexto, la UE fue la principal impulsora en dar esa respuesta internacional a la crisis climática. Su objetivo: reducir en un 55% los gases de efecto invernadero de aquí a 2030. En España, en los próximos dos años se aplicarán ciertas políticas orientadas a conseguir este objetivo en todas las ciudades de más de 50.000 habitantes, para establecer áreas libres de emisiones. Lo que se traduce en la prohibición de la entrada de vehículos motorizados en los centros urbanos

Esta medida se aplicará en 145 ciudades españolas que superan los 50.000 habitantes

Desde hace algunos años, se empezó a limitar la entrada en los centros urbanos de vehículos de personas no residentes en los centros urbanos de municipios y capitales de provincia. De igual forma, el aumento de la peatonalización de estas áreas, también restringió el acceso de vehículos contaminantes. Por lo que, junto a estas medidas, la nueva ley viene a potenciar finalmente el uso del transporte público frente al uso de los vehículos particulares más contaminantes. Aunque serán los gobiernos autonómicos los que tomen la decisión final de levantar o no estas políticas que se aplicarán a 145 ciudades españolas.

De igual forma, los municipios de más de 20.000 habitantes también tendrán que establecer estas áreas libres de emisiones si no cumplen con las exigencias mínimas de calidad de aire.

 

La señal de la DGT para las Zonas de Bajas Emisiones

En junio de este año, la Dirección General de Tráfico (DGT) empezó a colocar nuevas señales para las llamadas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en ciudades como Madrid o Barcelona. Aunque para 2030 se extenderán a todo el territorio nacional. 

 

Señal de la DGT para las Zonas de Bajas Emisiones

Desde el Gobierno central lo ven como una oportunidad para la innovación y la posibilidad de generar empleo, aunque se prevé que estas medidas vayan acompañadas  de la eliminación de subvenciones e incentivos a los combustibles fósiles. Por lo que no será un cambio fácil de digerir para la mayoría de conductores, trabajadores y empresas de servicios que, diariamente, necesitan transitar los núcleos urbanos para acceder con vehículos diesel. Lo que supondrá una gran inversión para autónomos, pymes y medianas empresas que tendrán que realizar un cambio de su flota de vehículos, si aún no lo han hecho, para llevar el distintivo medioambiental y circular por estas ciudades evitando las multas.

El primer gobierno autonómico que anunció su intención de prohibir la circulación de coches diésel, en las diferentes islas, fue el Gobierno Balear. Una medida que será obligatoria a partir de 2025. Pero no es el único caso. Madrid Central y Barcelona son ya dos de las ciudades que restringen el acceso al centro urbano de vehículos contaminantes de manera puntual, y esperan hacerlo de manera permanente también a partir de 2025. 

 

Cómo conseguir la etiqueta medioambiental de la DGT

La ley todavía no obliga pero sí recomienda llevar este distintivo en el coche, especialmente si se quiere transitar los centros urbanos de ciudades como Madrid o Barcelona. 

Actualmente, existen cuatro clasificaciones para los vehículos en función de sus emisiones:

  • La etiqueta de Cero Emisiones, para ciclomotores, turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas, de transporte de mercancías, etc., clasificados por la DGT como vehículos eléctricos de batería, vehículo eléctrico híbrido enchufable con autonomía mínima de 40 km o vehículos de pila de combustible.
  • Etiqueta ECO, para aquellos clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía superior a 40 km, vehículos híbridos no enchufables, vehículos propulsados por gas natural o gas licuado del petróleo.
  • Etiqueta C, para los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014, vehículos de más de 8 plazas o de transporte de mercancías, ya sean de gasolina o diésel matriculados a partir de 2014.
  • Etiqueta B, para turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006, turismos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías de gasolina o diésel matriculados a partir de 2005. 

Para aquellos propietarios que no recibieron en sus domicilios los distintivos medioambientales enviados por la DGT, se pueden adquirir de varias maneras y cuestan 5 euros. La única excepción será para aquellos automóviles que fueron matriculados antes del año 2000 y los diésel matriculados antes del 2006. En estos casos, los vehículos no podrán llevar ningún distintivo medioambiental. 

Además de en la DGT, la pegatina o etiqueta se puede solicitar en la Oficina de Correos, en la Confederación española de Talleres (CETRAA), en gestorías, asociaciones, plataformas y otros establecimientos con licencia para solicitar la expedición de la etiqueta. 

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