Educación y lenguas: un formidable instrumento de poder

educación escolar

En España es casi una costumbre que cada vez que haya un nuevo gobierno reformule los criterios educativos del anterior. Esta practica, que ha desembocado en un baile de siglas sin igual (LOECE, LODE, LOGSE, LOCE, etc.), esconde evidentes intereses ideológicos. Por un lado, cada partido tiene su propia visión de la educación, pero por otro, también es consciente que a través de la misma se puede, al menos, influir en el sistema de creencias de generaciones enteras. Esto último, no conviene ignorar, implica la posibilidad de conseguir más votos en las elecciones. En este sentido, Gil de Zárate, que fue director general de Instrucción Pública durante parte del siglo XIX, reconoció con inusitada sinceridad que «la cuestión de la enseñanza es cuestión de poder; el que enseña, domina; puesto que enseñar es formar hombres, y hombres amoldados a las miras que los adoctrinan». 

En lo relacionado con la lengua no puede olvidarse que es un elemento que forma parte de las identidades. En España conviven varios tipos de identidades colectivas como la española o la catalana que, en muchas ocasiones, rivalizan porque gran parte de la segunda aspira a contar con un Estado propio. Por tanto, se libra una batalla lingüística, en la que el nacionalismo español y el nacionalismo catalán son igualmente conscientes que cuanta más educación se imparta en su lengua, la gente adquirirá un mayor sentido de pertenencia a esa identidad. Pese a ello, y aunque el PSOE, sin llegar a los extremos de VOX, sea un firme defensor del nacionalismo español, también se ve condicionado por otros elementos políticos, como pueda ser la aprobación de los presupuestos. Todo esto explicaría que hayan admitido la reforma de la famosa disposición adicional trigésimo octava de su ley orgánica de educación del año 2006 (LOE). Dicha disposición fue añadida en su momento por la ley orgánica del 2013 (LOCE) que aprobó el PP, y establece que «El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable».

En consecuencia, tras la reforma de la nueva ley (LOMLOE), quedaría así: «El castellano y las lenguas cooficiales tienen la consideración de lenguas vehiculares, de acuerdo con la normativa aplicable». En un primer vistazo, el cambio no parece tan dramático como cabría deducir de las declaraciones de los políticos más conservadores, ya que la importancia de dicha reforma pasa inadvertida. No obstante, ¿qué significa lengua vehicular? Sencillamente es la lengua en la que mayoritariamente se imparte la enseñanza. Desde un punto de vista cuantitativo, es sumamente ilustrativa la famosa sentencia del Tribunal Supremo, del año 2015, que determinaba que en Cataluña el 25% de la docencia, incluyendo asignaturas troncales, debía impartirse en castellano. 

Una vez explicado el concepto clave, puede retomarse el estudio de los textos. ¿Cuál es la principal diferencia entre ambas normas? La LOCE establecía, sin ninguna duda, el castellano como lengua vehicular para todo el Estado, mientras que para las demás lenguas cooficiales habría que observar el resto de normativa. Por el contrario, la nueva LOMLOE, primero sitúa al castellano y a las lenguas cooficiales a un mismo nivel, lo que no es del todo constitucionalmente apropiado. Después, bajo una redacción con cierta ambigüedad, aunque parezca reconocer el carácter vehicular tanto del castellano como de las lenguas cooficiales, da la sensación que delega en la normativa aplicable el reconocimiento formal de dicha situación. Entonces, ¿el castellano ha perdido o no su carácter de lengua vehicular? En realidad, habría sido de agradecer la misma claridad con la que se recogió en el año 2013, dado que esta redacción deja abierta la posibilidad a que una norma autonómica despoje al castellano de este rango.

Lo dicho anteriormente supondría un problema, no porque el artículo 3 de la Constitución recoja que el castellano es la lengua oficial en todo el Estado, sino porque también establece la obligatoriedad para los españoles de conocerla. No se trata de algo novedoso, pues este artículo está casi calcado al de la Constitución republicana de 1931, cuyo artículo 4 decía que: «El castellano es el idioma oficial de la República. Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo». ¿Hay nacionalismo español en estos preceptos? Es obvio que sí, pero también hay que reconocer que es tremendamente práctico. En relación con esto, hay sentencias del Tribunal Constitucional, como la 82/86 y la 84/86, que dictaminan que la única lengua obligatoria de conocer es el castellano, lo que también supone la presunción de conocimiento por parte de los españoles. Por consiguiente, no hay que subestimar el hecho de que la Constitución, como norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico, disponga expresamente que el castellano sea la lengua oficial del Estado y que, además, todos debemos conocer. 

Sobre la base de lo dicho, intentar situar las lenguas cooficiales al mismo nivel que el castellano choca con lo establecido en este artículo 3, pero abrir la posibilidad para que la lengua de Cervantes pierda su condición de vehicular es todavía peor. ¿Por qué la LOMLOE no muestra la misma contundencia que la Constitución? Antes se ha mencionado la posibilidad de que se trate de un pago político. Hace tiempo que en nuestro país la retórica parlamentaria dio paso a la negociación de favores. Si esto es lo que hubiera sucedido, la educación sería instrumentalizada una vez más, en este caso por la clase política catalana, con el objetivo de potenciar su identidad colectiva y acercarse un poco más a esa eterna aspiración: el Estado propio.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *