El poder y la anhelada independencia de la justicia

En las monarquías absolutas de antaño era el rey quien concentraba en su persona todo el poder. Paradójicamente quien mejor expresó esta idea fue Luis XIV, uno de aquellos monarcas, cuando dijo lo de: l’Etat c’est moi (el Estado soy yo). No es un principio que cueste de entender si pensamos que esos reyes legislaban, aplicaban la ley y también impartían justicia. La concentración del poder en pocas manos termina implicando conductas déspotas, por lo que se optó por repartir el poder entre varios órganos distintos. Ahora bien, ¿qué sucede en España? Que la división de poderes está construída sobre la apariencia, sin que exista una verdadera independencia entre los órganos. Al respecto, es posible adelantar que los ganadores de las elecciones legislativas son quienes van a ejercer casi todo el poder, algo que además se verá acrecentado con cadas nuevas elecciones que ganen.

Una vez dicho lo anterior, es más fácil abordar lo que está sucediendo con la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). ¿Por qué si el CGPJ es el órgano de gobierno de los jueces no es elegido por ellos mismos? Porque se ha impuesto un sistema de cuotas en el que los políticos eligen a los miembros del resto de instituciones del Estado. En el caso del CGPJ es delicado, dado que la Constitución en su artículo 122 establece unas directrices, ya de por sí cuestionables, que empeoran con la normativa que las desarrolla. En este sentido, la Carta Magna establece que dicho órgano estará compuesto por veinte miembros más su presidente, de los cuales cuatro se elegirán por el Congreso y cuatro por el Senado. La pregunta es obvia: ¿los doce restantes podrán ser independientes? La Constitución solo determina que deben ser elegidos entre Jueces y Magistrados en los términos que establezca la ley orgánica. Pese a ello, lamentablemente también serán propuestos por el Congreso y el Senado. Por último, el pleno del CGPJ elige a su presidente que también lo es del Tribunal Supremo.

De esta manera, el órgano de gobierno de los jueces termina siendo confeccionado por políticos. Asimismo, los partidos que cuenten con más personas en ambas cámaras se van a asegurar una valiosa representación en el CGPJ. Además, los veinte miembros de este órgano son quienes eligen a los componentes del Tribunal Supremo, lo que no es algo baladí en absoluto, puesto que muchos políticos solo pueden ser juzgados por este tribunal. Igualmente, las competencias propias del CGPJ tampoco deben menospreciarse en absoluto. En consecuencia, ¿cuál es el resultado de todo este entramado? Sencillamente que es muy dificil que los órganos superiores del poder judicial puedan llevar a cabo sus actuaciones sin estar sometidos a poderosas injerencias de aquellos que los pusieron ahí. No obstante, hay más. Los doce magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos por el Congreso, Senado, Gobierno y CGPJ. El Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales. ¿Y el Fiscal General del Estado? Directamente por el Gobierno. 

La división de poderes en España

La lista de despropósitos es interminable. En España la división de poderes no es más que una construcción retórica a la que se alude para tratar de justificar el ejercicio de un poder que, francamente, se concentra en muy pocas manos. Se ha decidido apostar por un sistema de acumulación de poder, ya que hay demasiadas instituciones que no dejan de recibir influencias de muy pocas personas. En relación con esto, ahora el Partido Popular y el Partido Socialista, como partidos con mayor representación, pugnan por poner a los “suyos”. Con todo, el resto de formaciones políticas también aspiran a recibir alguna migaja en el reparto. De hecho, como no hay acuerdo entre los partidos la renovación del CGPJ se encuentra bloqueada, y la justicia tiene que pedir a estos actores que superen sus diferencias para que dicho órgano pueda renovarse. ¿Existe justificación para que los jueces tengan que estar pidiendo esto?, ¿no sería más lógico que tuvieran instrumentos para acordar la renovación de sus propios órganos? En realidad, se ha naturalizado algo que no deja de ser grave, como es la intromisión directa de un poder (legislativo) sobre otro (judicial). Al respecto existen muchas propuestas, pero al menos deberían cumplir uno de estos dos elementos: que los jueces sean elegidos por la ciudadanía, lo que le daría legitimidad democrática; o que sean los propios jueces quienes organicen la elección de sus órganos, lo que garantizaría la independencia.

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